[not_logged_in]
[login_form]
[/not_logged_in]
[restrict]
Estimado Colegiado:
Como conocerás debidamente la legislación en materia de Prevención de Blanqueo de Capitales, ha venido cambiando y adaptándose a los nuevos retos, culminando con la aprobación de la Ley 10/2010 de 28 Abril, de Prevención de Blanqueo de Capitales que plantea importantes sanciones económicas y penales en las que podemos incurrir los Economistas como sujetos pasivos obligados (artículo 2 de la Ley).
La mencionada Ley obliga a que el personal de los despachos esté debidamente formado para elaborar un informe de riesgo por cada cliente y cada servicio contratado. Dicho informe se deberá elaborar con independencia del tipo de cliente y la cuantía. Es más dicho informe debe tenerse de todos los clientes a los que les hubiéramos prestado servicios desde julio de 2003 en adelante (Ley 19/2003 de 4 de julio, Disposición Adicional Primera, letra d), aunque hayan causado baja con posterioridad.
Para el cumplimento de dicha norma este Colegio, ha suscrito un convenio con la mercantil ISC LOPD y PREVENCIÓN DE BLANQUEO DE CAPITALES, mediante la cual esta empresa implanta una herramienta que permite cumplir con todos los requisitos establecidos por la Ley de Prevención de Blanqueo de Capitales y la Ley de Protección de Datos Personales.
Personal de ISC contactará con los despachos para facilitarles su login y password con el fin de tener acceso a la plataforma y poder utilizarla
Para poder iniciar le proceso de implantación, sería conveniente, que respondas a un simple cuestionario que se facilita a continuación, y nos lo remitas al colegio a la mayor brevedad posible.
Te ruego marques la casilla correspondiente a la situación en que desarrollas tu actividad profesional, y nos lo remitas por e-mail:
- Soy socio o administrador de una persona jurídica.
- Soy autónomo con uno o más empleados.
- Soy un profesional contratado por un persona jurídica.
- Soy autónomo sin empleados.
Dándote las gracias por tu colaboración, recibe un afectuoso saludo.
EL DECANO